Cambios en el Régimen de Cese de Actividad para los Autónomos
Recientemente se han producido cambios en el régimen de cese de cese de actividad para los autónomos.
Tras la recién aprobada Ley de Mutuas, se ha facilitado el acceso de los autónomos al cese de actividad.
Hasta ahora, era necesario acreditar un 30% de pérdidas de los ingresos de un año completo o que fuesen superiores a un 20% en dos años completos y seguidos.
A partir de ahora se puede acreditar el cese de actividad alegando un 10% de pérdidas anuales.
En Salamanca, a 23 de enero de 2.015.-